DOCUMENTOS DEFINITIVOS PARA LA LEGALIZACIÓN DEL PT

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DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS, PROGRAMA DE GOBIERNO Y ESTATUTO ORGÁNICO DEL PARTIDO DE LOS TRABAJADORES (PT)

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS

a. El Partido de los Trabajadores (PT) se declara respetuoso de la actual C.P.E., en particular de los derechos fundamentales reconocidos en ella, y lo hace sin renuncia alguna a postular su reforma. Es también respetuoso del sistema legal boliviano en estricto apego a que sus normas no contravengan los mandatos de la Constitución ni los tratados sobre derechos humanos.

b. El Principio rector del Partido de los Trabajadores, con la alianza de las naciones originarias andino amazónicas y clase media empobrecida es la lucha de clases, al ser éste el motor de impulso de avance de las sociedades donde existe una clase minoritaria detentadora del poder en detrimento de las mayorías explotadas. Al presente la existencia del sistema capitalista, en franca fase de degeneración, lleva a la sociedad a la barbarie por su insaciable afán de acumulación económica y por constituir un freno al desarrollo de las fuerzas productivas.

c. El accionar y la lucha constante, consecuente y organizada del Partido y sus afiliados es la obligación irrenunciable de defender toda conquista y reivindicación del pueblo, como encabezar la lucha decidida y combativa para aplastar al sistema capitalista vigente, discriminatorio, excluyente e injusto y remplazarlo por la Sociedad Socialista.

d. El principio de unidad como base para enfrentar con éxito cualquier lucha que el PT emprenda táctica y estratégicamente contra el enemigo de los trabajadores, de las naciones originarias andino amazónicas y de clase media empobrecida. Es obligación luchar contra los ataques y la represión reaccionaria así como defender la tribuna, voz y organización de los Trabajadores y del pueblo.

e. Si bien la democracia se basa en que la soberanía proviene del pueblo, no se reduce al simple acto electoral; debe ser una forma de gobierno que promueva la participación de los trabajadores y los sectores populares en la toma de decisiones de interés público y en pos de la mejora de sus condiciones de vida. Ello exige luchar permanentemente por un ambiente de amplias libertades y una clara voluntad política de gobierno a favor de una oportuna y adecuada atención de las demandas de la población. Los trabajadores del campo y las ciudades requieren ampliar y profundizar las libertades al servicio de la organización y movilización contra toda forma de explotación económica y opresión política.

f. La práctica permanente de la Democracia dentro de la organización, para garantizar a todos los afiliados, sin distinción ni discriminaciones de género, generacionales ni étnico culturales, el derecho y la libertad de participar directa y activamente en las decisiones, responsabilidades y luchas del PT, con igualdad de oportunidades y exigiendo asimismo el cumplimiento de sus obligaciones. La democracia interna debe ser desde las bases, de abajo hacia arriba y debe utilizarse el método de la crítica y autocrítica como medio de superar errores, deficiencias y debilidades en la lucha cotidiana.

g.En el ámbito partidario, es fundamental que la toma de decisiones tenga lugar en un marco de respeto a las minorías y a las opiniones disidentes, incluyendo su derecho a convertirse en mayoría cuando los hechos posteriores les den la razón. Es también esencial que la toma de decisiones a través de procedimientos democráticos implique un compromiso de conducta y acción unitarias, como la forma correcta de aplicación del centralismo democrático.

h. La elegibilidad y alternabilidad en los cargos de dirección, el que los postulantes tengan por lo menos un mínimo de base social, junto a la conformación de órganos de dirección colectiva y la constante promoción de nuevos liderazgos, son elementos esenciales de la democracia interna y mecanismos adecuados para combatir el caudillismo, garantizar la fiscalización de la gestión de las instancias de dirección y posibilitar la revocatoria de mandato, dado el caso.

i. Independencia Política del sistema Capitalista y sus instituciones de dominación. Este principio garantiza evitar que los afiliados al IPT sean arrastrados al colaboracionismo con los enemigos de clase (clase económicamente dominante).

j. Rechazo rotundo y condena a la injerencia extranjera trasnacional, a través de sus empresas y otras instituciones.

k. Como aplicación del principio de autodeterminación de los pueblos, el PT no admite ni comparte la intromisión de fuerzas políticas y gobiernos extranjeros en la vida de los partidos. Lo que no implica en modo alguno negar el derecho a relaciones fraternas con organizaciones políticas de diferentes países, en el marco del internacionalismo propio de cada partido y a efectos de fijar posiciones frente a temas de interés regional, continental o mundial.

l. El principio de Solidaridad y organización entre los explotados y sojuzgados por el sistema imperante garantiza nuestra unidad granítica y lucha. Al ser los militantes del PT parte de esta mayoría explotada y oprimida tenemos el deber y el interés común de luchar contra los explotadores y opresores. El principio de solidaridad y organización se hace extensible a los movimientos revolucionarios internacionales que luchan por la liberación de los pueblos.

m. El Derecho a la Libre Autodeterminación de las Naciones Originarias andino amazónicas. En el país existen al menos 36 idiomas, de los cuales el aimara, guaraní y el quechua son lengua materna de amplio espectro de la población. El MAS ha instrumentalizado a los pueblos indígenas con la noción del Estado Plurinacional, sin embargo, constatamos hoy que los derechos de los pueblos originarios siguen siendo pisoteados desde el Estado y el gobierno como lo muestra el caso de la Asamblea del Pueblo Guaraní (APG), el caso de la resistencia de los pueblos del TIPNIS al programa IRSA (Integración Regional Para Sud América) para favorecer el saqueo masivo de nuestros recursos naturales. Desde el PT afirmamos como principio insoslayable la defensa y la garantía de los derechos democráticos nacionales y culturales de los pueblos originarios.

n. Los Derechos Humanos, reconocidos universalmente constituyen un indiscutible referente en la lucha contra toda forma de explotación, opresión u otras formas de injusticia social al interior de los diferentes países y en escala mundial. En ese sentido el Partido de los Trabajadores luchará contra todo atentado a los derechos humanos, y por la profundización y desarrollo de los mismos. Lamentablemente el Estado ha estado incumpliendo su condición de garante de los DD.HH., al violar diversas libertades democráticas y en relación a crear las condiciones necesarias para que todas las personas de las áreas rurales y urbanas puedan efectivamente acceder, gozar y ejercer a plenitud sus derechos políticos, civiles, económicos, sociales y culturales. Casos como Chaparani, Parotani y Cayhuasi no deben volver a repetirse.

o. La transformación económica y social eliminando toda forma de explotación y opresión constituyen la garantía para la inclusión social y la igualdad de oportunidades materiales que permita superar cualquier discriminación en razón de género, edad, identidad étnica cultural, idioma, creencia religiosa, ideología política, lugar o tipo de ocupación, clase social, filiación sindical y otras.

p. Diversas expresiones de discriminación tienen raíces en una mentalidad ultra individualista heredada de sistemas económico-sociales injustos, basados en la explotación del hombre por el hombre y de mentalidad patriarcal; y exige contribuir a una nueva cultura basada en el respeto mutuo y el compromiso hacia nuevos niveles de igualdad y equidad.

q. El PT promueve y defiende los siguientes valores presentes en la sociedad:

1. La moral revolucionaria, que cuestiona sistemas injustos, valora y respalda las luchas sociales, y busca transformaciones en aras de una sociedad plenamente justa.

2. La libertad plena de acción y pensamiento del ser humano con el único límite de no afectar los derechos de las otras personas y el interés colectivo.

3. La solidaridad, como expresión de la necesidad de cooperación en el trabajo y en la lucha social en busca de soluciones a diversos problemas sociales de carácter individual o colectivo.

4. La ética política, como el necesario sentido de servicio a favor de la sociedad y en pos del bienestar general. El PT denuncia que las clases dominantes han promovido valores contrarios a la ética política como el transfugio, la prebenda, la corrupción, el fraude, la mentira, etc. y que deben ser erradicados.

5. La unidad de los trabajadores y el pueblo boliviano en torno a objetivos comunes sobre la soberanía nacional, desarrollo nacional, mejoramiento de las condiciones de vida y, la erradicación de toda expresión de explotación, opresión y discriminación.

6. La solidaridad internacional que posibilita consustanciarse con la problemática continental y mundial, en particular a favor de otros pueblos que buscan su liberación nacional, o luchan por poner fin a sistemas políticos injustos y opresivos en América Latina y el mundo.

7. El respeto a la diversidad étnica cultural y de identidades de la población boliviana en pos de una actitud a favor del plurilingüismo, las costumbres y las diversas expresiones culturales.

s. La conservación y construcción de un medioambiente armónico y sostenible es esencial para la salud de la población, lo que compromete a una vigilancia permanente para que no se afecte el equilibrio ecológico. El PT compromete sus esfuerzos para denunciar todo atentado medioambiental y contribuir a crear la conciencia ciudadana necesaria, a la aprobación y cumplimiento de instrumentos legales de protección ambiental, así como a la creación de espacios de acción de la población a favor del medioambiente.

t. Los trabajadores y el pueblo denuncian que los intereses y la práctica de transnacionales y  potencias extranjeras, sobre todo vinculadas a la explotación de materias primas, afecten al medioambiente. Frente a ello el PT combatirá todo intento de evadir responsabilidades por daños ocasionados al mismo.

Oruro, 29 de junio de 2013

 

PROGRAMA DE GOBIERNO

Por principio consideramos que el programa no tiene que ser elaborado en gabinete o laboratorio. Tiene que ser consecuencia de un trabajo de campo, consciente y cientí?co recogido desde las bases, masas-pueblos onacionalidades, ciudad y campo. Solo después tiene que ser sistematizado técnica y académicamente. Sin embargo, recogiendo las demandas de las luchas históricas de Mayo – Junio 2005 se propone los siguientes puntos por lo que se debe luchar en lo inmediato:

I. Recursos naturales y sector productivo en cumplimiento a la agenda de octubre

1. Bolivia requiere superar la condición de país simple productor de materias primas y en condiciones de mano de obra barata, así como el que su territorio sea considerado simple tránsito de mercancías de países vecinos, por este motivo planteamos laNacionalización de las transnacionales hidrocarburíferas sin indemnización y su inmediata industrialización, bajo el control de los trabajadores y el pueblo.

2. Nacionalización de las transnacionales mineras sin indemnización y plani?cada con los sindicatos, garantizando la estabilidad laboral, respeto a las categorías salariales, conquistas sociales y continuidad ininterrumpida de los trabajadores. Toda nacionalización de ninguna manera debe desconocer el derecho a la estabilidad laboral, las conquistas salariales y sociales de los y las trabajadoras de las empresas involucradas.

3. Transformación de las cooperativas mineras en empresas estatales para el bene?cio del interés nacional.

4. Reversión del latifundio al estado por no ser usados como función social agrario preservado en la Nueva Constitución y en los acuerdos con la oligarquía oriental el 2008. Por lo tanto planteamos el potenciamiento, la mecanización tecnológica (industrialización) del campo y la agroindustria.

5. Consideramos el agua como recurso estratégico del Estado. Preservarla, garantizarla y distribuirla gratuitamente en el campo y las ciudades y rechazar cualquier intento de su privatización:

A. La provisión de agua para consumo humano, al ser un derecho fundamental, obliga al Estado a crear y fortalecer las condiciones para que cada persona, familia, población del área urbana y rural puedan acceder a una dotación permanente de dicho elemento líquido, en condiciones de sanidad adecuadas.

B. Todas las entidades públicas locales y asociaciones de usuarios que administran servicios de agua para la población, deben responder al fin social esencial de asegurar que exista una dotación de agua en la cantidad y calidad adecuadas, de manera que nunca se orienten por objetivos de mercantilización.

C. El Estado tiene la responsabilidad de fortalecer la administración de tales entidades públicas locales y asociaciones sociales de usuarios, tanto a través de un eficaz marco normativo, de subsidios financieros para los planes de desarrollo y ampliación de los servicios en favor de quienes aún no cuentan con los mismos.

D. Las aguas de cuencas y depósitos hídricos renovables y no renovables (ríos, lagos, lagunas, aguas subterráneas, etc.) constituyen recursos estratégicos del país en razón a que deben estar al servicio de la subsistencia de su población y el desarrollo económico social que se requiere, en un medio ambiente saludable.

E. El uso de agua para fines industriales implica la obligación de la conservación del medio ambiente, el desarrollo de planes de nuevas captaciones hídricas que permitan contar con reservas adecuadas y el tratamiento de las aguas utilizadas, bajo normas técnicas que permitan su reutilización sin riesgo de daños para la salud humana y el medio ambiente.

6. En los rubros de minería, hidrocarburos, y otros recursos naturales no renovables, el estado garantizará recursos económicos para la exploración, prospección y reposición de nuevas reservas. En los recursos renovables el estado garantizará su reposición.

II. Aspectos económicos

1. Sustitución paulatina de la economía de mercado por una economía plani?cada controlada por los trabajadores. (Por ejemplo el actual gobierno a?rma haber abrogado el D.S. 21060, sin embargo éste sigue vigente como en el Código Minero, el de comercio, la Ley de inversiones, la vulneración y pérdida de derechos laborales y destrucción de COMIBOL y otras esferas productivas. Por lo tanto los trabajadores anularemos en forma inmediata estas disposiciones neoliberales en coordinación con los sindicatos y organizaciones revolucionarias de Sudamérica y el mundo.)

2. Monopolio estatal del comercio exterior para impulsar un plan de desarrollo económico nacional, que basándose en la plani?cacióneconómica, viabilice la industrialización nacional. El Estado debe perfeccionar constantemente sus mecanismos de control del flujo de las exportaciones de nuestras materias primas y recursos naturales y económicos, incluyendo el flujo de capitales al exterior; así como de las importaciones priorizando aquellas que responda a estrategias de desarrollo nacional y bienestar de la población.

3. No al pago de la deuda externa por ser injusta e inmoral.

4. Banca estatal Única controlada por los trabajadores para terminar con el enriquecimiento del sector bancario y ?nanciero que han multiplicado sus utilidades 30 veces en los últimos 5 años, sin canalizar los créditos al sector productivo e industrial del país, mientras el salario obrero está virtualmente congelado; los ingresos de artesanos y pequeños productores campesinos solo se mantiene gracias a una circunstancial subida de precios de materias primas. Esta banca estatal única podrá otorgar créditos con bajas tasas de interés con supervisión y asistencia técnica a los pequeños productores artesanales, campesinos, gremiales que deberán transformarse en verdaderas empresas productivas.

5. La cadena productiva que va desde la exploración, explotación, transformación, transporte y comercialización de los recursos naturales deben estar necesariamente en manos del estado boliviano, porque solo así podremos garantizar que nuestros productos lleguen a los mercados internacionales a competir en igualdad de oportunidades.

6. La distribución de los recursos económicos generado por nuestros recursos naturales deben ser distribuidos en forma equitativa y en función a las necesidades más prioritarias de cada región, considerando el aporte histórico que entregaron los departamentos mineros y que esta no debe ser necesariamente en función a la cantidad de habitantes registrados en el último censo.

7. El imperialismo y las transnacionales han formulado una geoestrategia en la cual Bolivia ocupa un rol de tránsito de mercancías y materias primas baratas. El Partido de los Trabajadores a través de las medidas revolucionarias antedichas pretenden forjar una conciencia nacional para ubicar a Bolivia en una nueva geo-estrategia al servicio del pueblo trabajador y contra el imperialismo.

III. En lo social

1. Apertura de los libros de contabilidad y ejercer el control social (control obrero colectivo) en YPFB, BCB, COMIBOL y el conjunto de las empresas estatales y privadas.

2. El actual gobierno ha pisoteado los derechos de autodeterminación de los pueblos y naciones originarias, como queda en evidencia en el ataque que aquel organizó y ejecutó, con la feroz represión en Chaparina y todo esto fue al servicio de las trasnacionales y del programa IRSA. Defendemos el pleno derecho de autodeterminación de los pueblos y naciones de nuestro país. ¡Basta de usar a los compañeros campesinos y campesinas como adorno y propaganda mediática al igual que hicieron los neoliberales con el multiculturalismo!

3. Hacer respetar los principios del Código de Seguridad Social, con el aporte de la tripilaridad (aporte estatal, patronal y laboral), bajo administración y control de los trabajadores y trabajadoras. Urge reivindicar el cálculo del promedio para la jubilación en base a las últimas veinticuatro boletas de pago, replantear la fórmula de cálculo de la Compensación de Cotizaciones al viejo sistema, cambiar el referente económico de su mantenimiento de valor hacia el índice de precios al consumidor (IPC), así como, modificar las escalas de aplicación de la renta solidaria a favor de un mayor número de personas con bajos salarios. Se debe poner fin al trato diferenciado en el porcentaje de la renta de jubilación, de manera que desaparezca aquella discriminación que en razón a la ocupación de las personas limita a la mayoría a un máximo de 70% sobre su promedio de ingresos en los dos últimos años de su vida activa.

4. El derecho fundamental a la seguridad social de corto plazo debe romper el mito de que solo es factible para la población relacionada con el trabajo asalariado y, expandirse de manera decisiva hacia la población vinculada con el trabajo por cuenta propia; de manera que ésta también pueda acceder a los servicios de medicina general, medicina especializada, análisis de laboratorio y estudios especializados, medicación, cirugías menores, cirugías mayores, internación hospitalaria, subsidio de incapacidad temporal por enfermedad común o riesgo laboral y subsidios materno infantil; de manera que las familias dejen de afligirse, sabiendo que el seguro cubrirá el costo de los mismos. De igual forma, el Estado, en aplicación de los valores en los que se sustenta como son el de justicia social, equidad, distribución y redistribución de bienes públicos, debe consignar una alícuota en el impuesto a la telefonía móvil, de manera que junto a una reorientación de los impuestos recaudados por transacciones financieras en moneda extranjera, e impuesto especial a las grandes fortunas permitan financiar el seguro social de corto plazo para las familias del área rural, cuya actividad económica no posibilita el uso de crédito fiscal alguno ni trabajan por cuenta ajena. EN ESTE SENTIDO Y DESARROLLANDO ESTA PROBLEMÁTICA:

A. El Estado, para materializar el propósito precedentemente señalado y en cumplimiento del mandato constitucional de asumir el derecho a la salud como su función suprema y primera responsabilidad financiera, así como, en razón a la obligación financiera resultante del tripartismo que sustentan el derecho a la seguridad social, debe reconocer el derecho de las familias que trabajan por cuenta propia de utilizar su crédito fiscal para obtener aportes estatales destinados a la cobertura de su afiliación a la seguridad social de corto plazo.

B. Se debe honrar la obligación legal establecida en el Código Niño, Niña y Adolescente, de manera que el gobierno empiece a consignar en sus presupuestos los recursos necesarios destinados a subrogarse el “aporte patronal” a la seguridad social de corto plazo, a favor de la población adolescente que en razón a circunstancias de la vida trabajan por cuenta propia para subsistir y/o ayudar a sus familias.

C. Urge resolver la insuficiente e ineficiente administración financiera existente en los Seguros de Salud para el Adulto Mayor (SSPAM), Seguro Universal Materno Infantil (SUMI). En el caso del SSPAM, en base al sistema informático de pago de la Renta Dignidad, se debe automatizar la entrega de certificados anuales monetizables de dicho seguro, de manera que la reafiliación de toda persona adulta mayor en el ente gestor respectivo sea también automático, estos cuenten con los aportes económicos oportunamente y se ponga fin a la mora y procesos judiciales a las municipalidades.

D. Corresponde identificar las necesidades de especialidades médicas en función de la realidad de nuestra población, cuyo cerca del 20% requieren al presente de atención geriátrica y gerontológico de calidad, entre otros; así como, en el desarrollo de la infraestructura y equipamientos médicos tanto del subsistema de salud pública como de la seguridad social de corto plazo.

5. En cumplimiento de la función suprema y primera responsabilidad financiera a favor del derecho a la salud, como dispone la propia Constitución, el Estado debe definirse a favor de un progresivo y sostenido crecimiento de los recursos que destina a la salud en el Presupuesto General del Estado, de manera que se incremente la infraestructura hospitalaria, se amplíe el número de ítems y se asegure la oportuna dotación de insumos y medicamentos de calidad. Reducción drástica de los presupuestos destinados a los aparatos represivos del Estado.

6. Implementar un salario que satisfaga las necesidades de la Canasta Familiar, bajo una política salarial plani?cada con los trabajadores y trabajadoras. Bolivia debe asumir que el trabajo de las personas por cuenta ajena enfrentada al capital o por cuenta propia constituye la forma más legítima de ingresos personales y de generación de riqueza social. El PT reivindica la importancia de adecuados salarios para mejorar las condiciones de vida de las personas que trabajan por cuenta ajena. Para garantizar y mejorar la situación de los trabajadores se formulan estos siguientes puntos:

A. Corresponde derogar el conjunto de artículos del Decreto Reglamentario de la L.G.T. que limitan y retrasan de manera inconstitucional la formalización de las personerías jurídicas de las organizaciones sindicales.

B. Inclusión a la Ley General del Trabajo de todos los sectores sin discriminación. Es imperioso reivindicar el carácter universal de la L.G.T. y empezar por abrogar el Art. 1º del Decreto Reglamentario de 1943, de manera que se habilite la protección de la normativa laboral a favor de amplios sectores de trabajadores del Estado.

C. Se debe poner fin a las injusticias que al presente agobian a las personas que fueron víctimas de la violencia política en el país y que, demandan les sea restituido el derecho a obtener la reparación por los daños sufridos, en apego al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Interamericana para la Prevención y Sanción de la Tortura y la propia C.P.E.

7. La vulneración de derechos salariales y despidos arbitrarios no pueden seguir siendo actos impune o de tardía solución. Se debe tipificar expresamente como infracción a ley social y en consecuencia asegurar mecanismos administrativos y judiciales ágiles para el cumplimiento inmediato en cuanto al pago de salarios devengados o los reintegros en caso de pagos realizados por debajo de los parámetros salariales mínimos. Una verdadera estabilidad laboral pasa por la restitución de normas que prohíban el despido de trabajadores.

8. Se debe restituir el Consejo Nacional del Salario, como el organismo estatal técnico que oriente la política salarial general y sectorial en el país, así como, la creación de inspectorías exclusivas con participación colectiva de los trabajadores para el control del correcto pago de salarios

9. Es impostergable poner fin a las estadísticas DEShonestas de precios a cargo del INE, SOBRE LA BASE DEL CONTROL Y PARTICIPACION DE LAS ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES Y DEL PUEBLO,de manera que el país conozca con certeza el verdadero nivel de inflación sobre los precios de artículos alimenticios y de aquellos productos que son de consumo indispensable en la vida cotidiana de las familias.

10. No a la criminalización, represión e intimidación a los movimientos sociales, defensa de las libertades políticas y sindicales. Como parte de las políticas sociales de respeto a los derechos sindicales, debe abrogarse el D.S. 1958 de 16 de marzo de 1950 y el art 118 de la L.G.T., así como se debe incrementar la multa por atentados al fuero sindical y las infracciones a leyes sociales a quince salarios mínimos nacionales, conforme recomienda la O.I.T.

11. Implementar políticas de salud y educación, plani?cando desde un presupuesto justo con carácter gratuito y de calidad. Aplicando el reparto de la riqueza con equidad. Dando mayorprioridad a esos sectores estratégicos de la sociedad. Asimismo, los estudios superiores recibirán también lugar privilegiado en la política de los trabajadores (universidades y normales). También apoyaremos de?nitivamente la ciencia tecnología e investigación.

12. No a ley Abelino Siñani, que trans?ere la responsabilidad de la educación a los gobiernos Departamentales y Municipales, conserva el carácter discriminador de la educación capitalista. No a la profesión libre.

13. Se debe propender a una educación de calidad, procurando un número racional de alumnos por docente, asegurar la infraestructura física y provisión, oportuna y sostenida de materiales didácticos, alentar la actualización periódica de contenidos y la renovación de recursos didácticos; de manera que se garanticen condiciones de igualdad de oportunidades para toda persona estudiante del campo y las ciudades.

14. Es urgente el acceso a una conexión gratuita a la red de Internet para los docentes, y promover por este medio la facilitación de sus responsabilidades administrativas y el acceso a nuevas alternativas didácticas y de contenidos actualizados, a bibliotecas virtuales, así como a materiales multimedia en relación a laboratorios virtuales de física, química y OTROS.

15. Se debe facilitar incentivos en relación a la capacitación constante de las y los profesores de educación primaria y secundaria; para el desarrollo de su experticia en el manejo de nuevas tecnologías informáticas, en la innovación didáctica y un creciente dominio de su materia y de temáticas transversales; así como, en relación a facilitar el que puedan adquirir bibliografía periódicamente o programas informáticos especializados relacionados con su materia.

16. Urge generalizar, en todo el país, el acceso de los estudiantes de secundaria a las nuevas tecnologías del conocimiento, de manera que cada núcleo escolar cuente con conexión a Internet y cada estudiante cuente con su computadora como instrumento de búsqueda de información, procesamiento de datos y construcción de conocimientos; de afirmación y desarrollo del manejo óptimo de varios idiomas (lengua originaria, castellano e idiomas extranjeros) así como, de interacción con sus pares y con comunidades educativas de otras regiones del país.

17. Respecto a los y las adolescentes trabajadoras, es imperativo generar incentivos que alienten la continuidad de sus estudios por lo menos hasta el bachillerato. Se debe valorar su rol social desde el momento en que se trata de personas que trabajan, que desde muy temprana edad han asumido incluso responsabilidades familiares, y en consecuencia deben ser merecedores de una consideración y atención especiales por parte de sus compañeros de estudio, el personal docente y administrativo.

18. En relación a la educación no escolarizada es necesario contar con programas sostenidos para erradicar el analfabetismo, QUE ESTE GOBIERNO EN FORMA DEMAGOGICA AFIRMA HABER ERRADICADO, así como disminuir el analfabetismo digital; fomentar a las entidades que trabajan y aportan en cuanto a la educación alternativa, a la educación técnica y toda otra forma de capacitación y estudio vinculada a la edad, actividad laboral, lugar que habitan, la ciudadanía y los derechos humanos.

19. El Sistema Universitario debe orientar el estudio, diagnóstico y solución integral de problemas regionales y nacionales, RECUPERANDO LOS PRINCIPIOS ANTIMPERIALISTAS, DEMOCRATICOS Y AL SERVICIO DE LOS TRABAJADORES Y EL PUEBLO. Debe ser partícipe activo del debate nacional y local sobre las políticas públicas y desarrollo legislativo; y vincularse a la lucha revolucionaria y las legítimas reivindicaciones de los diversos sectores del pueblo.Impulsar la Revolución Universitaria en todo el Sistema, desterrando las roscas y discriminaciones.

20. El Estado, por su parte y como respaldo decidido al ejercicio profesional en sus diferentes reparticiones, no debe deprimir las remuneraciones fijando topes salariales.

21. Las entidades públicas de diferentes ámbitos deben retomar y perseverar en su institucionalización reconociendo los méritos y conocimientos de los y las profesionales.

22. El Estado debe garantizar espacios laborales y programas de promoción del empleo a favor de los y las profesionales que se gradúan en las universidades de cada región.

23. Ningún boliviano sin techo, implementando políticas de vivienda garantizadas económicamente mediante los puntos señalados anteriormente. Por una reforma urbana, el gobierno debe destinar y fortalecer fondos estatales para programas sostenidos y planes masivos de construcción de viviendas de interés social, que cuenten con los respectivos servicios básicos, una armónica distribución urbana, así como, para el mejoramiento de viviendas ya existentes o la dotación de los servicios básicos de las que carezcan; de manera que toda familia, que tenga tal necesidad, pueda ejercer efectivamente su derecho a un hábitat y vivienda adecuada. Alto a los negocios que lucran con la carencia de necesidad de vivienda propia

24. La liberación plena de la mujer será resultado de la lucha y la eliminación de toda forma de explotación económica y opresión política. En ese sentido la opresión patriarcal resulta la refuncionalización de la opresión de género que el capitalismo heredado de los otros sistemas de explotación que le antecedieron. El PT impulsará el camino de la liberación de la mujer y las minorías sexuales, por asegurar igual salario por igual trabajo, igual oportunidad de acceso al empleo a la educación y a la salud, y por la socialización de todas las actividades del trabajo doméstico, cuestiona y combatirá toda expresión de violencia estatal sobre el cuerpo de la mujer. El PT defiende el pleno control de la mujer sobre su propio cuerpo. El PT cuestiona el carácter conciliador de la ley de género aprobada por la asamblea plurinacional y que obliga a la mujer golpeada a intentar nuevamente mantener una relación opresiva.

25. Debe tomarse conciencia que la discriminación y la violencia contra la mujer resultan un problema social que exige del Estado soluciones integrales. La obligación que éste tiene para sancionar y erradicar tal discriminación y violencia, exige políticas que contribuyan a cambiar la mentalidad feudal y patriarcal en la sociedad, en las reparticiones gubernamentales, en empresas, en las entidades educativas de diferente nivel, etc.

26. Es evidente también que la discriminación y violencia de género, resulta acentuada en sumo grado cuando tiene lugar en situación de explotación y opresión económica al interior de la sociedad; de manera que tal contexto de injusticias sociales de clase también deben ser encaradas de manera real.

27. En ese propósito las políticas públicas deben comprometer al sistema educativo y a los medios de comunicación en la formación sostenida de una cultura de equidad de género y de respeto a la mujer.

A. Tales políticas públicas también deben comprometer recursos del Estado y el funcionamiento de reparticiones especializadas que permitan atender de manera eficaz y con sensibilidad social los casos de discriminación y violencia de género, en particular la creación del Instituto de la Mujer, con rango de un ministerio de estado.

B. Corresponde un saneamiento legislativo mediante el cual se saque de la vida jurídica del país las disposiciones que entrañan discriminación por razón de género, como el Art. 3° de la Ley General del Trabajo que de manera absurda limita a un porcentaje la presencia de personal femenino en las empresas.

28. Impulsar la lucha por la unidad socialista de repúblicas de Latinoamérica y del mundo, solidaridad con las luchas de pueblos hermanos, de sindicatos y organizaciones sociales del continente y el mundo, en pos de la materialización y respeto de sus derechos fundamentales; con aquellos que resisten la regresión de derechos a consecuencia de planes de ajuste económico, que sufren regímenes dictatoriales con la consiguiente restricción de sus libertades; o son víctimas de conflictos armados o amenazas a la paz en sus regiones, sufren segregación social, violencia de género u otras expresiones de injusticia social. Estableciendo lazos de solidaridad y acción común con los sindicatos y organizaciones obreras del continente y del mundo entero, que vienen peleando contra la burocracia sindical y los planes de ajuste neoliberales. Asimismo apoyar las acciones de los trabajadores de la UE, Grecia España, Italia y del Medio Oriente.

Oruro, 29 de junio de 2013.

 

ESTATUTO ORGÁNICO

CAPÍTULO PRIMERO
DE LA NATURALEZA, OBJETO, DENOMINACIÓN, SÍMBOLOS, COLORES Y REPRESENTACIÓN.

Art. 1. DE LA NATURALEZA Y PROPÓSITOS. El Partido de los Trabajadores (PT), es un Partido Político organizado en ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado Plurinacional y la Ley de Partidos Políticos. Es un partido de concepción y vocación democrática y revolucionaria, cuyos militantes se inscriben en sus registros, de manera libre y voluntaria, asumiendo los propósitos siguientes:

a) Organizar y movilizar la fuerza social y política de los trabajadores y el pueblo boliviano, para poner fin a todo tipo de opresión e injusticia social resultante de la hegemonía interna de la burguesía, la oligarquía y/o externa del imperialismo.

b) Luchar por la construcción de una nueva sociedad plenamente justa y libre de toda dominación, opresión, discriminación y explotación.

c) Forjar una soberanía inalienable, indivisible, plena e inviolable de la Patria.

d) Hacer del PT una fuerza unitaria de mujeres y hombres explotados y oprimidos: obreros, clases medias y pueblo en general, frente al poder de las clases dominantes oligárquicas y que representan intereses empresariales, financieros y transnacionales, contrarios a los intereses nacionales y populares.

e) Promover la participación política de los trabajadores y el pueblo, elevar constantemente su conciencia política y compromiso social, así como sus convicciones ideológicas.

Art. 2. DE LA DENOMINACIÓN, SÍMBOLOS, COLORES Y REPRESENTACIÓN. El nombre que se asume es de PARTIDO DE LOS TRABAJADORES con la sigla P.T. Su emblema será la bandera dividida horizontalmente en dos partes iguales, el área de la parte superior de color ROJO, el área de la parte inferior de color BLANCO; en el centro de la bandera la sigla “P.T.” en color dorado. Adopta como Símbolo la conjugación de los siguientes elementos en forma ascendente: un guardatojo, un libro, un pututo, un combo y un arco; que representan la alianza de sectores obreros, campesinos, pueblos indígena originarios, clases medias e intelectuales.

CAPÍTULO SEGUNDO
ESTRUCTURA ORGÁNICA Y LAS EXIGENCIAS GENERALES PARA TODO NIVEL DE DIRECCIÓN PARTIDARIA

Art. 3. ORGANISMOS Y EVENTOS DEL PT.

I. El Partido de los Trabajadores se organiza en función de tres ámbitos y requerimientos: la división territorial del Estado, de acuerdo a los sectores económico – sociales que conforman el pueblo boliviano y en función de labores específicas.

II. Organismos y eventos territoriales. El PT cuenta con organismos y eventos de análisis, discusión y toma de decisiones por parte de su militancia y dirigentes en el respectivo ámbito territorial, conforme al siguiente detalle en orden de jerarquía:

1. Congreso Nacional

2. Conferencia Nacional

3. Dirección Nacional

4. Comité Ejecutivo Nacional

5. Congreso Departamental

6. Conferencia Departamental

7. Dirección Departamental

8. Congreso Provincial o Regional

9. Dirección Provincial o Regional

10. Congreso Municipal

11. Dirección Municipal

12. Congreso, asamblea o equivalente según usos y costumbres de cada población indígena

13. Dirección de autonomía indígena originaria.

14. Asamblea local o de distrito municipal

15. Comité local o de distrito municipal.

16. Células de base.

III. Organismos y eventos sectoriales. El PT cuenta con organismos conformados en relación a un centro de trabajo, actividad económica o social concretas y que consisten en comités sectoriales, los que se organizan y desempeñan labores política dentro el ámbito de una comunidad rural, población indígena, al interior de cada municipio, departamento y con alcance para todo el país. Todos esos organismos periódicamente realizarán sus asambleas y conferencias respectivas con el propósito de designar sus dirigentes y constituir espacios de análisis, discusión y toma de decisiones por parte de la militancia que aglutinan, en relación a la problemática social general y los que resultan de su interés político directo.

IV. Organismos funcionales. Se conforman comités funcionales al interior de cada organismo de dirección ya territorial o sectorial, así como durante sus eventos respectivos, para fines específicos definidos por el correspondiente organismo o evento que los conformó y ante los cuales rendirán cuentas.

Art. 4. Los militantes del P.T. participan de las actividades partidarias, a través de sus organizaciones determinadas estatutariamente, para tal propósito cuentan con el derecho de concurrir a las reuniones o asambleas generales de sus células, de los comités sectoriales o territoriales de base, a las asambleas municipales, provinciales o regionales y departamentales según les corresponda por el tipo de actividad social, lugar de residencia o cargo de responsabilidad que ejerza.

Art. 5.

I. El mandato en todos los niveles de dirección del partido será de dos años, con el derecho a la reelección consecutiva por una sola vez.

II. Para ser electo y ejercer la función de dirigente de cualquier organismo partidario la persona postulante deberá cumplir los siguientes requisitos:

1. Tener nacionalidad boliviana.

2. Haber demostrado elevada moral revolucionaria, compromiso con los intereses de las y los trabajadores y conducta personal proba.

3. No tener rendición de cuentas pendientes con ningún organismo del partido.

4. Tener una militancia mínima de dos años de antigüedad.

5. No estar inhabilitada/o por el Tribunal de Honor del Partido.

III. La participación femenina en todos los niveles de dirección y de candidaturas será no menor al 50%, constituyendo una obligación de los organismos propios del P.T. la constante promoción de la incorporación activa de la población femenina en la vida política nacional y en la vida partidaria.

IV. Todos los cargos de dirección son revocables, cuando el o la dirigente incurra en una de las siguientes causales:

1. Inasistencia consecutiva injustificada a tres reuniones de su organismo o cinco ausencias discontinúas.

2. Negligencia en el desempeño de sus funciones.

3. Doble o múltiple militancia política.

4. Sabotaje a las actividades partidarias.

5. Doble moral en la actividad partidaria y su vida pública.

V. La instancia de dirección respectiva propondrá según corresponda la revocatoria de mandato ante la Conferencia Nacional, Departamental, sectorial o Asamblea Regional, Municipal o local, para su respectiva consideración y aprobación mediante voto secreto y por mayoría simple.

VI. La militancia, a través de cada organismo territorial o sectorial del que forme parte, ejerce su derecho a fiscalizar la labor de sus dirigentes planteando peticiones de informe, participando en la discusión de los informes recibidos y haciendo uso de la crítica y autocrítica, debiendo ser ésta precisa, oportuna y objetiva.

CAPÍTULO TERCERO
DEL FUNCIONAMIENTO DE CADA ORGANISMO

Art. 6. El Congreso Nacional del P.T. se reunirá, como mínimo cada dos años y deberá fijar la fecha para una conferencia nacional que se realizará como máximo dos meses después del Congreso Nacional Ordinario de la C.O.B., donde se buscará compatibilizar y coordinar con ésta, respetando y manteniendo la independencia de cada organización.

Art.7. La Conferencia Nacional del P.T. se reunirá mínimamente cada seis meses, para conocer y discutir el informe periódico de la Dirección Nacional del P.T., analizar y aprobar documentos políticos en el marco de sus atribuciones señaladas por el presente estatuto, así como, determinar las tareas políticas que demande la coyuntura.

Art. 8. La Dirección Nacional del P.T. se reunirá por lo menos una vez al mes en forma ordinaria y cada vez que sea necesario en forma extraordinaria.

Art. 9. La Secretaría Ejecutiva y la Secretaría General del P.T. tienen a su cargo la conducción y representación cotidiana de la Dirección Nacional por medio de un Comité Ejecutivo, cuyo número de miembros será determinado y elegidos los mismos por la Dirección Nacional.

Art. 10. El Congreso y la Conferencia Nacional del P.T. serán convocados por la Dirección Nacional del PT. La Dirección Nacional será convocada por la Secretaria Ejecutiva y la Secretaria General o, por la mitad más uno de los miembros de la Dirección Nacional.

Se fija como plazos para la convocatoria a Congresos partidarios ordinarios o extraordinarios 60 (sesenta) días antes de la fecha señalada para su realización.  Se fija como plazos para la convocatoria a Conferencias partidarias ordinarias o extraordinarias 15 (quince) días antes de la fecha señalada para su realización.

Art. 11. El funcionamiento del P.T. se basa en el principio del centralismo democrático, donde primará la democracia sobre el centralismo. Después de agotar el debate democrático las minorías deberán acatar lo que se decida por mayoría, en un ambiente de real respeto a las minorías, a las opiniones y a las tendencias de opinión disidentes, incluyendo su derecho a convertirse en mayoría en particular cuando los hechos posteriores les den la razón.

Art. 12. Se conformará Comisiones de Trabajo dentro de la Dirección Nacional las mismas que podrán adscribir miembros nominados en Conferencias Nacionales. Estas comisiones deberán programar y efectivizar sus reuniones periódicas de trabajo, bajo dirección de un miembro titular de la Dirección Nacional.

CAPÍTULO CUARTO
DE LAS ATRIBUCIONES Y DESARROLLO DEL CONGRESO Y CONFERENCIA NACIONAL

Art. 13. ATRIBUCIONES Y COMPOSICIÓN DEL CONGRESO NACIONAL.

I. El Congreso Nacional del P.T. tiene las siguientes atribuciones:

1. Analizar, debatir y aprobar todo tipo de documentos políticos, orgánicosy constitutivos de interés nacional del partido.

2. Recibir y considerar los informes políticos, orgánicos y otros de los organismos partidarios que considere necesario.

3. Considerar y resolver recursos de reconsideración de sanciones disciplinarias partidarias.

4. Elegir la Dirección Nacional y como parte de ella en forma específica a las personas que ocupen la Secretaría Ejecutiva y Secretaría General del partido.

II. La elección de la Dirección Nacional del P.T. tendrá lugar mediante voto democrático, público, secreto y por mayoría simple de votos, a partir de listas de candidatos y candidatas titulares y suplentes habilitados/as como delegados/as ante el Congreso Nacional y propuestas por la Asamblea o Reunión de las organizaciones territoriales y/o sectoriales del partido que las postulan.

III. El Congreso Nacional del P.T. tendrá, en lo posible, la siguiente representación, producto de la constitución y la filosofía del primer congreso del P.T.:

1. 46% de proletariado y trabajadores y trabajadoras de producción.

2. 35% de trabajadores y trabajadoras de servicios (maestros, salud, bancarios, trabajadoras del hogar), de la clase media empobrecida y direcciones intermedias departamentales, municipales y regionales del P.T.

3. 10% de campesinos e indígenas.

4. 9% a las organizaciones políticas revolucionarias que sean parte orgánica del P.T., juntas vecinales, y otras.

IV. Para garantizar la proporcionalidad aproximada del parágrafo III, se tomará como referencia la proporcionalidad establecida en el Estatuto de la C.O.B. de acuerdo al siguiente detalle:

1. Proletariado y trabajadores de producción:

Mineros 250

Fabriles 200

Ferroviarios 40

Constructores 40

Petroleros 36

Harineros 12

Gráficos 12

Caminos 15

Luz y Fuerza, Teléfonos, Agua 15

Zafreros 12

2. Campesinado:

Campesinos 100

Colonizadores 24

Siringueros y Castañeros 12

3. Trabajadores y trabajadoras de servicios, clase media y organizaciones populares:

Maestros Urbanos 40

Maestros Rurales 40

Bancarios 12

Trabajadores del Estado 12

Municipales 24

Prensa 12

Radio y tv 12 FESTRE (radio telegrafistas) 12

ECOBOL 12

Trabajadores en Salud 24

Hoteleros y Gastronómicos 12

Empleados de Comercio 12

Trabajadores en Universidades 24

Cinematografistas 12

FESENTEL 12

FENSEGURAL 24

Choferes Asalariados 24

Gremiales 24

Voceadores y Vendedores de Loterías 12

FENACIEBO 12

Universitarios 24

Estudiantes de Secundaria 12

Estudiantes Normalistas 12

Artistas y Escritores 6

Cooperativas Agropecuarias 12

Artesanos 12

Jubilados y Rentistas 12

Trabajadoras del Hogar 12

Relocalizados y Desocupados 12

Docentes Universitarios 24

4. Centrales obreras departamentales y regionales:

Departamentales 3 c/u Regionales 3 c/u

5. Las organizaciones políticas vinculadas a la clase obrera que forman parte del proceso fundacional del P.T. y otros sectores populares e individualidades, juntas de vecinos y otras organizaciones políticas 6 c/u

Individualidades sujeto a invitación de la Dirección Nacional Juntas de vecinos y otras cuyo aval estará sujeta a consideración de la Dirección Nacional

V. El Congreso del P.T. deberá ser convocado con dos meses de antelación, fecha en la que deberán estar disponibles los documentos a discutirse para que toda la militancia puede opinar, enmendar, constituir grupos de opinión.

VI.Para la constitución de un grupo de opinión se requerirá al menos doce militantes del P.T. que avalen su conformación. Para la constitución de una tendencia del P.T. se requerirá la firma de al menos 30 militantes. Para la constitución de una fracción permanente se requerirá al menos la firma de 30 militantes y al menos de dos miembros de la dirección Nacional del P.T.

Art. 14. La representación proporcional mencionada en los parágrafos IV y V del artículo 13, es producto de la consideración de los siguientes factores:

a) Lugar que cada sector ocupa en la economía o en actividades socialmente productivas.

b) Grado de concentración en el lugar de trabajo

c) Grado de tradición revolucionaria y de combatividad.

d) Grado de solidaridad con otros sectores.

e) Número de afiliados.

Art. 15. La Conferencia Nacional ordinaria o extraordinaria tiene las siguientes atribuciones:

a) Convocar a un Congreso extraordinario del P.T., dependiendo de la necesidad impuesta por el curso de los acontecimientos políticos que tengan lugar en el país.

b) Ratificar o modificar el accionar de la Dirección Nacional, siempre enmarcada en la línea de los congresos por orden de jerarquía.

c) Recibir informes de las comisiones y con prioridad de la Comisión de Hacienda del P.T.

d) Aprobar planes de acción, y todo tipo de documentos de desarrollo de la línea política general.

e) Considerar, evaluar, aprobar o refrendar según corresponda alianzas políticas de carácter nacional, departamental o local.

f) Considerar, debatir y aprobar los programas de coyuntura que requiera presentar el Partido ante el Tribunal Supremo Electoral o las necesidades políticas que el momento político así lo demande.

Art. 16. La realización de un Congreso o Conferencia requiere de la asistencia de la mitad más uno de los convocados. Todas las organizaciones mencionadas en el presente estatuto tienen derecho a participar del Congreso o Conferencia aunque no hayan sido convocadas. Para el caso de la Conferencia la representación oscilará entre el 30% al 50% de los delegados asistentes al Congreso que la precedió.

CAPÍTULO QUINTO
DE LA ELECCIÓN DE LA DIRECCIÓN NACIONAL

Art. 17. Para la elección de la Dirección Nacional las personas postulantes deberán tener militancia activa dentro del P.T. y cumplir los requisitos contemplados en el parágrafo II del Art.5 de este Estatuto. Las asambleas o reuniones de las organizaciones participantes del Congreso, deberán nominar como postulantes una cantidad no menor al 50% de militantes mujeres.

Art. 18. El acto de elección será público y dirigido por los ocho miembros del Presidium del Congreso. Contará además con personas invitadas en calidad de observadoras, como los miembros del Comité Ejecutivo de la C.O.B., y/o del Órgano Electoral. El escrutinio estará a cargo de tres participantes del Congreso nominados antes de la elección.

CAPÍTULO SEXTO
DE LA DIRECCIÓN NACIONAL Y DE LAS DIFERENTES SECRETARÍAS

Art. 19. La Dirección Nacional elegida por el Congreso Nacional del P.T.estará constituida por 44 responsables titulares, más 22 suplentes. De los cuales 50% son mujeres y 50% son varones.

Los miembros titulares de la Dirección Nacional, contaran con derecho a voz y voto. Los miembros suplentes de la Dirección Nacional, contaran con derecho a voz. El 51% de los miembros de la Dirección Nacional deberán representar indefectiblemente a trabajadores asalariados.

La Dirección Nacional, entre congreso y congreso, contará con el atributo de incorporar compañeros y compañeras que, en razón a su rol destacado en tareas de construcción y organización partidaria, y quienes podrán ser cooptados a la Dirección Nacional hasta una próxima Conferencia Nacional y en un número que no exceda al 10% del total de sus miembros. Los miembros que hayan sido cooptados por la dirección Nacional contarán con el derecho a voz pero no a voto y su continuidad requerirá ser avalada por la siguiente conferencia nacional más inmediata a su cooptación.

Art. 20.

I. Son Atribuciones de la Dirección Nacional las siguientes:

1. Representar públicamente al partido.

2. Dirigir la vida y acción política del partido.

3. Convocar a los Congresos Nacionales ordinarios y extraordinarios del Partido conforme a los procedimientos señalados en el presente estatuto.

4. Convocar a las Conferencias Nacionales ordinarias y extraordinarias del Partido conforme a los procedimientos estatutarios.

5. Convocar y dirigir cuanta reunión resulte necesaria para el funcionamiento partidario y la acción política pública del partido.

6. Organizar comités funcionales para la ejecución de tareas específicas.

7. Promover una constante relación fraterna, solidaria y comprometida con las diferentes organizaciones sindicales y sociales del país.

8. Promover la formación política ideológica constante de la militancia.

II. Las atribuciones de cada Secretaría de la Dirección Nacional serán precisadas en un Reglamento Especial. La ausencia de los miembros titulares de la Dirección Nacional, por más de tres reuniones ordinarias y sin justificación, o de cinco reuniones discontinuas provocará su sustitución por la persona más inmediata en la lista de suplentes de la Dirección Nacional.

III. Sin perjuicio de los derechos y deberes que les son propios en su condición de militantes, son derechos y deberes de los dirigentes de las diferentes instancias orgánicas del partido los siguientes:

A. Derechos:

1. Ejercer las funciones para los que han sido elegidos y elegidas.

2. Representar al Partido conforme a la función propia que corresponda a su nivel de dirección y secretaria que ocupa.

3. Asumir defensa y al debido proceso al interior de las instancias partidarias, cuando corresponda evaluar y juzgar su comportamiento.

4. Ser postulado a cargos públicos con el respaldo previo del organismo de dirección del que forma parte.

5. Plantear propuestas y puntos de vista políticos y orgánicos en la instancia de dirección de la que forma parte, así como, ante los eventos a los que le corresponda concurrir.

6. Ser parte de delegaciones locales, departamentales y nacionales que se conformen para asistir a eventos del partido, así como ante eventos en los que el partido esté invitado o haya decidido participar; todo conforme a la pertinencia y requisitos propios de tales eventos.

7. Dejar constancia de sus puntos de vista en las actas de las reuniones partidarias y previa solicitud expresa.

 

B. Deberes:

1. Honrar la representación partidaria que se les ha confiado.

2. Actuar de manera consecuente y leal con la línea del partido, el estatuto orgánico y  las resoluciones de los  eventos partidarios.

3. Rendir informes periódicos y en toda oportunidad en que orgánicamente les sea solicitado.

4. Garantizar y promover la democracia interna.

5. Promover y alentar la constante superación política e ideológica de la militancia.

6. Consustanciarse de la problemática de los diversos sectores sociales que conforman el pueblo boliviano.

7. Demostrar su visión y convicción revolucionaria, una profunda sensibilidad social y una probada honestidad pública y privada.

IV. Los y las dirigentes que hayan renunciado, hayan sido revocados en su mandato o se encuentren impedidos para ejercer su cargo; serán sustituidos inmediatamente por las y los dirigentes electos en condición de suplentes para ello, y en caso de no existir personas en tal condición, se dará lugar a la complementación de cargos en la Conferencia más inmediata del respectivo organismo del partido, y simplemente por el tiempo restante de la gestión de la Dirección a la que se les incorpora.

CAPÍTULO SÉPTIMO
DE LAS COMISIONES FUNCIONALES

Art. 21. La Dirección Nacional, de acuerdo a los requerimientos de la dinámica política y orgánica del partido, conformará Comisiones internas de Trabajo, destinadas a atender el accionar político nacional, internacional, la prensa, las finanzas y la organización partidarias, así como, en otros aspectos que se considere necesario.

Art. 22. Estas comisiones informarán de su planificación y trabajo en reunión ordinaria de la Dirección Nacional. Las cabezas de comisión estará a cargo de la secretaría correspondiente y tendrán como máximo 8 miembros titulares.

Los miembros de la Comisión de Prensa y Difusión presidirán los consejos editoriales en los cuales se incorporarán dirigentes y militantes de organismos inferiores, que tengan experiencia y potencialidades para la edición de los periódicos y producción de materiales para otros medios de comunicación partidaria y pública, con miras a contribuir a la estructuración del partido, la formación de la militancia, el debate ideológico y la difusión pública del accionar político del PT.

CAPÍTULO OCTAVO
DE LAS FINANZAS Y LOS BIENES DE LA ORGANIZACIÓN

Art. 23. Corresponde al Congreso Nacional del P.T. determinar los montos y la modalidad de aporte de la militancia. Es responsabilidad del Comité Ejecutivo de la Dirección Nacional formular el presupuesto anual, conforme a las posibilidades financieras y necesidades resultantes del accionar político y orgánico del PT. La Secretaría de Hacienda tiene la responsabilidad de la administración contable y como parte de ella la apertura y control de las cuentas bancarias del PT.

Art. 24. En el manejo de las finanzas partidarias a cargo de la Secretaría de Hacienda se realizará conforme a las normas contables generalmente aceptadas, con la consiguiente obligación de respaldar documentalmente todo ingreso y egreso, emitir estados de resultado y el correspondiente balance general anual.

Art. 25.

I. La administración de los bienes físicos del partido y como parte de ello la recaudación y disposición de sus recursos económicos, así como el control de inventarios, estará bajo responsabilidad de la Secretaría de Hacienda, bajo supervisión y control inmediato de las Secretarías Ejecutiva y General y, periódicamente, por el conjunto de la Comisión Económica.

II. La Secretaría de Hacienda y la Comisión Económica deberán organizar campañas encaminadas a lograr ingresos extraordinarios para cubrir las necesidades del PT.

III. Las labores de las personas a cargo de la Secretaría Ejecutiva, Secretaría General y Secretaría de Hacienda en relación a sus responsabilidades económico financiera y de administración de los bienes del partido, serán fiscalizadas periódicamente por el Comité Ejecutivo Nacional en su reunión plenaria, a media gestión por la Conferencia Nacional y al cumplimiento de Mandato por el Congreso Nacional.

IV. Para fines de la revisión de las rendiciones de cuentas, en el evento en que se trate el caso, se designará una comisión económica que evaluará la documentación contable y emitirá un informe con las recomendaciones y observaciones que correspondieran.

Art. 26. De los fondos partidarios, en cada presupuesto anual se consignará montos y partidas específicas para la formación y capacitación política de la militancia, los congresos y conferencias partidarios, y los procesos electorales que correspondan encarar en el año.

Art. 27. Los bienes del P.T. serán debida y legalmente inventariados y la Secretaría de Hacienda cooperada por dirigentes expresamente designados para el efecto por la Comisión Económica de la Dirección Nacional del P.T. serán las personas encargadas de su custodia, cuidado y entrega formal a sus sucesores. Ante cualquier pérdida o daño de algún bien se establecerá inmediatamente las responsabilidades y sanciones pertinentes en las instancias orgánicas del P.T.

En caso de donaciones extraordinarias será el Comité Ejecutivo Nacional el que determinará su promoción, aceptación o rechazo.

Art. 28. La Secretaría de Hacienda rendirá cuentas trimestralmente a la Dirección Nacional y a la Conferencia Nacional del P.T. Al cabo de la gestión informará detalladamente ante el Congreso Nacional del P.T. Dos meses antes del Congreso la Secretaría de Hacienda deberá entregar a las organizaciones partidarias los informes económicos que serán tratados en Congreso.

CAPÍTULO NOVENO
DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO, SUS ÓRGANOS Y PROCEDIMIENTOS

Art. 29.

I. Son consideradas faltas disciplinarias las siguientes:

1. Infracción a los artículos del presente Estatuto y la Declaración de Principios.

2. Incumplimiento con las obligaciones económicas, de militancia y de solidaridad de clase.

3. Obrar de manera manifiesta en contra de la línea política general del partido.

II. Son causales de separación de la condición de militante o dirigente, previo proceso respectivo, las siguientes:

1. La reincidencia en Infracción al Estatuto Orgánico y la Declaración de Principios.

2. Colaboracionismo con partidos contrarios o políticas contrarias a los intereses de los trabajadores.

3. Espionaje, sabotaje o actos de delación y de traición comprobados contra el P.T.

4.Asumir conductas anti obreras o contrarias a los intereses populares y nacionales.

5.Caso comprobado de militancia doble, múltiple o transfugio.

Art. 30. Cada uno de los actos mencionados en el artículo precedente se sancionará, según su gravedad con las siguientes penas:

1. Separación de cualquier cargo que ocupe al interior del P.T., señalando tiempo de la misma.

2. Suspensión de sus derechos de militante, señalando el tiempo de la misma.

3. Exclusión con ignominia de su militancia al P.T.

4. Informe inmediato a las instancias de la C.O.B. para que asuman las correspondientes sanciones al interior de la organización matriz de los trabajadores, en los casos que así correspondiera.

Art. 31. El organismo encargado de juzgar estos actos será el Tribunal de Honor, el que en el ámbito nacional será nominado en el Congreso Nacional del P.T. y en los ámbitos sub-nacionales por el evento de mayor jerarquía y, tendrá en cada jurisdicción territorial un total de 7 miembros.

Art. 32.

I. Todo proceso se realizará en base a pruebas de cargo, en presencia del acusado y a este se le permitirá presentar todas las pruebas de descargo en un tiempo determinado y prudencial y los argumentos que sean necesarios para su defensa.

II. Todo militante y dirigente procesado/a tendrá derecho a los recursos de revocatoria contra la resolución que la sancione, ante el propio tribunal que lo sancionó. También tendrá derecho a apelar ante el Tribunal Nacional si el tribunal inferior se ratificó en su sanción.

Art. 33. La persona militante o dirigente sancionada con resolución firme de los tribunales partidarios respectivos, podrá pedir revisión extraordinaria de su caso o, su rehabilitación ante el Congreso Ordinario, cuya decisión será inapelable en el ámbito partidario.

CAPÍTULO DÉCIMO
DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LA MILITANCIA

Art. 34.

I. Serán admitidos como militantes del partido toda persona aspirante que cumpla los siguientes requisitos:

1. Ser ciudadano/a en ejercicio.

2. No tener militancia en otro partido político o agrupación ciudadana.

3. Registrarse en los libros del PT.

4. Manifestar su voluntad de aceptar la línea política, principios y estatuto del partido.

II. La evidencia de doble o múltiple militancia, no obstante ya contar con la condición de militante del PT, será sancionado con la expulsión inmediata del partido.

Art. 35. Toda persona militantedel P.T. tiene los siguientes deberes:

1. Acatar y cumplir lo establecido en la Declaración de Principios y en el presente Estatuto.

2. Contribuir con los aportes fijados.

3. Acatar y participar activa y combativamente en las actividades y campañas programadas por el P.T.

4. Formar parte de una de las instancias orgánicas del P.T. en forma regular y permanente.

Art. 36. Toda persona militante del PT tiene los siguientes derechos:

1. Elegir y ser elegidos para cualquier cargo y nominación al interior y en representación del P.T., previo cumplimiento de los requisitos respectivos.

2. Opinar y asumir posición frente a los diversos problemas y decisiones que se consideren en los diferentes organismos e instancias de los que forme parte.

3. Criticar y proponer medidas y soluciones frente a irregularidades que constate o necesidades que identifique en la marcha de su organismo al que pertenece o instancias de la que participe dentro del P.T., haciendo uso de la democracia interna, de la crítica oportuna, concreta y objetiva; así como de la autocrítica.

4. Plantear peticiones al interior del PT a través de su organismo respectivo.

5. Participar plenamente en las actividades partidarias, a través respectivo.

6. Ejercer el derecho de disenso de acuerdo con el estatuto orgánico.

7. Recurrir de queja ante el Órgano Electoral.

8. Pedir y recibir información de acuerdo con el estatuto sobre la administración del patrimonio partidario.

9. Fiscalizar los actos de sus dirigentes.

10. Postular y ser nominado candidato/a a cargos electivos de la función pública a través de procedimientos democráticos.

11. Exigir el cumplimiento de los documentos constitutivos del partido.

12. Recibir capacitación y formación política.

13.Renunciar a su condición de militante.

Art. 37. En circunstancias de presentarse controversias entre militantes, entre militantes y dirigentes y entre dirigentes, se garantiza el recurso de queja ante su propio organismo, y dado el caso de no encontrarse solución satisfactoria, la queja será presentada ante el organismo inmediatamente superior, si aún allí no se pudiera resolver la controversia las personas afectadas podrán ejercer el recurso de queja ante el Órgano Electoral Plurinacional.

CAPITULO DÉCIMO PRIMERO
DE LA PARTICIPACIÓN DE LA JUVENTUD

Art. 38. Las personas de 16 hasta los 18 años de edad que se aproximen al partido, se organizarán en comisiones y brigadas juveniles que conforme a los principios y resoluciones del P.T., posibiliten adecuar el trabajo político a la dinámica juvenil.

La militancia que tenga afinidad con el trabajo juvenil o tenga la condición de adulto joven podrá participar de esas comisiones y brigadas juveniles, sin perjuicio de su derecho a participar en otras comisiones sectoriales o territoriales.

Art. 39. Las comisiones y brigadas juveniles tienen derecho a:

a) Recibir formación cívica, política e ideológica.

b) Elegir sus propias direcciones al interior de su organización.

c) Nominar delegados/as a eventos locales, departamentales y nacionales.

d) Participar en la toma de decisiones sobre temáticas que les concierne, en especial en la formulación de planes de gobierno.

e) Postular candidatos/as a instancias de dirección del PT.

f) Postular candidatos/as a cargos públicos electivos conforme a ley.

g) Plantear peticiones y sugerencias a diferentes organismos e instancias del PT.

CAPÍTULO DÉCIMO SEGUNDO
DE LAS RELACIONES CON OTROS PARTIDOS O FRENTES

Art. 40. Conforme a la Declaración de Principios, el P.T. mantendrá las mejores relaciones con los partidos, frentes, movimientos sociales, sindicales y organizaciones de base que sustenten una política franca y abierta de cuestionamiento a las injusticias sociales y opresión del sistema político, económico y social imperante o de cualquier otro sistema que produzca las mismas consecuencias políticas y sociales negativas, así como su decisión de luchar para su transformación y consiguiente construcción de una nueva sociedad socialista.

Art. 41. El P.T. al proponerse expresar y orientar la lucha social y política de los más amplios sectores del pueblo boliviano, víctimas de explotación, opresión o cualquier expresión de injusticia social; acogerá, allanando cualquier obstáculo, a partidos o frentes que decidan incorporarse al P.T. como parte de una Alianza; así como a personalidades que quieran incorporarse plenamente al P.T., en este último caso previa renuncia al partido al cual pertenecían.

Art. 42.

I. La política de alianzas y los acuerdos concretos que se negocien al respecto serán aprobados o refrendados por una Conferencia Nacional, sobre la base del respeto de los principios y coincidencias con el programa del partido, así como la aprobación de una plataforma conjunta mínima.

II. El Comité Ejecutivo Nacional, las direcciones departamentales, regionales, municipales y en el ámbito de autonomías indígenas bajo consentimiento de la Dirección Nacional podrán realizar aproximaciones en pos de potenciales alianzas, pero la decisión final será necesariamente refrendada por la Conferencia Nacional.

III. En la consideración general de su relación inter-partidaria, la negociación y concreción de alianzas políticas, la Dirección Nacional deberá:

a. Respetar la Declaración de Principios del P.T. así como establecer coincidencias con en el programa de gobierno y los documentos políticos correspondiente a cada coyuntura. Los aspectos referidos al carácter de clase es decir; a la independencia política de los trabajadores respecto a los empresarios, banqueros y latifundista que son innegociables.

b. La refrenda de cada alianza en concreto a través de una Conferencia Nacional, será precedida de una amplia discusión en los diferentes organismos territoriales y sectoriales del partido, de manera que los y las delegadas asistentes a la conferencia sean portadores de los puntos de vista de los organismos y las bases que representan.

c. Toda alianza sea coyuntural o estratégica priorizará y centralizará la discusión programática antes que un simple cuoteo, bases de discusión de partidos o frentes oportunistas.

d. Solo los mejores y probados elementos militantes y nominados por sus respectivos organismos partidarios podrán representar al P.T. y a la alianza de la que se forme parte. Los diferentes organismos partidarios tienen la facultad de postularlos/as y dado el caso plantear la necesidad de revocatoria de su postulación o mandato.

IV. La fusión del PT con otro u otros partidos políticos será necesariamente considerada en un Congreso Nacional y aprobada por el voto afirmativo de 2/3 partes de los delegados y delegadas acreditados/as.

V. La extinción voluntaria del partido, se asumirá en Congreso Nacional mediante voto afirmativo de 2/3 partes de los delegados y delegadas acreditadas.

VI. En forma previa a la realización del Congreso que trate la fusión o extinción del partido, la Dirección Nacional, junto con la convocatoria al evento, deberá poner en conocimiento de la militancia,con dos meses de anticipación, los documentos respectivos que fundamentan la fusión o extinción.

CAPÍTULO DÉCIMO TERCERO
DE LAS DIRECCIONES DEPARTAMENTALES, REGIONALES Y MUNICIPALES

Art. 43. Las direcciones departamentales, regionales, y municipales contarán con los miembros que los militantes consideren necesarios, no pudiendo ser superior a 15 miembros.

Art 44. Las direcciones departamentales y regionales serán elegidas en sus congresos respectivos, mediante voto directo y secreto de los delegados y delegadas concurrentes a los mismos, y de listas de postulantes que hayan cumplido los requisitos señalados en el Art. 5, parágrafo II, del presente Estatuto.

Art 45. Las direcciones departamentales deberán contar con una Secretaría General que será portavoz oficial del P.T. en el departamento.

Art 46. Las direcciones Regionales deberán contar con una Secretaría General que será la voz oficial del P.T. en la Región.

Art 47.Las atribuciones básicas de las direcciones departamentales y regionales serán:

a) Dirigir el accionar político de los organismos del partido existentes en el departamento, en cuanto al análisis y debate político de interés nacional y local, la evaluación de la gestión pública en los gobiernos sub-nacionales de su departamento y sus municipios, el respaldo y solidaridad hacia las luchas reivindicativas de la población.

b) Impulsar la organización partidaria territorial en las provincias, los municipios y otras áreas menores correspondiente al departamento respectivo. Organizar en coordinación con la Dirección Nacional las comisiones sectoriales y los eventos de éstas últimas.

c) Coadyuvar, organizar y fortalecer la organización de mujeres dentro del partido; así como impulsar líneas de acción en relación a la erradicación de toda expresión de discriminación y violencia de género.

d) Coadyuvar en la organización de las comisiones y brigadas juveniles en coordinación con la Comisión de Juventud de la Dirección Nacional.

e) Constituirse en el nexo entre la militancia y los organismos de base y la Dirección Nacional.

f) Garantizar en su ámbito de acción el cumplimiento de las resoluciones de instancias nacionales del partido.

CAPÍTULO DÉCIMO CUARTO
DE LA DESIGNACIÓN DE CANDIDATOS A CARGOS PÚBLICOS Y LA CONFORMACIÓN DE BRIGADAS LEGISLATIVAS

Art. 48. Corresponde a la conferencia nacional, departamental, regional, provincial, municipal, sectorial, o de autonomía indígena, según corresponda, considerar y analizar las postulaciones, así como la aprobación de la lista oficial de candidatos titulares y suplentes a los cargos públicos elegibles, por procedimientos democráticos basados en el voto secreto.

Art. 49. Las personas postuladas deberán contar con ascendencia social y territorial, prioritariamente compromiso con las luchas sociales, así como, un mínimo de respaldo partidario.

Art. 50. Las personas que formen parte de la bancada partidaria en cada órgano legislativo del Estado, tanto en el ámbito nacional, departamental o municipal; nominarán sus representantes de bancada, designarán sus integrantes de comisiones legislativas y tomarán las posiciones a presentar en las plenarias del órgano legislativo respectivo, en reunión de todos sus integrantes y con presencia del respectivo Strio/a. Ejecutivo/a de la Dirección Nacional o de la Dirección Departamental o Municipal del partido, según corresponda.

Art. 51. Las bancadas legislativas, presentarán informes periódicos sobre su labor legislativa, fiscalizadora y de gestión pública, ante la dirección partidaria que corresponda al territorio del órgano legislativo respectivo. De igual forma atenderán las solicitudes de informe, de coordinación, de construcción de consensos y de percepción de necesidades sociales o regionales que planteen otros organismos territoriales y sectoriales del partido.

Art. 52. Las bancadas legislativas cultivarán constantemente su compromiso social manteniendo relación estrecha con los diversos sectores del pueblo boliviano, sus organizaciones sindicales y sociales; en un marco de pleno respeto de los principios, documentos políticos, programa y línea política del partido en cada coyuntura.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera. Durante los primeros dos años de vida del PT, queda en suspenso el requisito de antigüedad de dos años de militancia previa para la elección de los cargos de dirección en los diferentes organismos del partido.

Segunda. Se otorga plenas facultades a la Dirección Nacional del Partido de los Trabajadores, electa en el Segundo Congreso Nacional, para que pueda en reunión plenaria de sus miembros subsanar directamente las observaciones que oficialmente comunique el Tribunal Supremo Electoral respecto al contenido del presente Estatuto Orgánico, exclusivamente a propósito del trámite de la personería jurídica del Partido.

Tercera. Se precisa que la disposición contemplada en el artículo 13, parágrafo II relativa a la postulación de candidatos a la Dirección Nacional del P.T. por parte de las organizaciones territoriales y sectoriales del partido, por encontrarse aún el partido en una fase de organización interna, regirá recién a partir del próximo congreso. En consecuencia se faculta a las delegaciones asistentes al Segundo Congreso, desempeñar el papel de organizaciones que avalan las respectivas postulaciones.

Cuarta. Se señala el plazo perentorio de 45 (cuarenta y cinco) días posteriores a la culminación del Segundo Congreso para que, dentro el mismo, la nueva Dirección Nacional constituya en base al presente estatuto las direcciones departamentales. Así mismo se señala en 45 (cuarenta y cinco) días subsiguientes desde la posesión de las direcciones departamentales respectivas, para que estas a su vez constituyan las direcciones provinciales, municipales y locales que correspondan a sus respectivos departamentos. Se señala el plazo de 120 (ciento veinte) días desde la culminación del segundo congreso, para que dentro del mismo la Dirección Nacional constituya las diferentes comisiones sectoriales del partido.

Quinta. La Dirección Nacional electa en el Segundo Congreso Nacional del P.T., estará compuesto transitoriamente por veintiún personas con plenas facultades para iniciar la tramitación de la personería jurídica del partido, hasta la realización de un nuevo Congreso Nacional que tendrá lugar en el plazo de sesenta días.

Oruro, 29 de junio de 2013

 

 

 

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